Un trabajador padeció un violento asalto cuando al salir de su casa a tomar el colectivo para dirigirse a su trabajo, forcejeando con dos delincuentes, uno de ellos le cortó la cara, generándole una cicatriz en el rostro de 14 centímetros de longitud por 1 milímetro de ancho (desde derecha de la nariz hasta el tragus de la oreja derecha); lo que le provocó “una incapacidad parcial y permanente del orden del 5% de la total obrera”.
Además, a raíz de ello, el accionante padece una Reacción Vivencial Anormal Neurótica (RVAN) grado II/III con manifestación depresiva que lo incapacita en forma parcial y permanente en un 15% de la total obrera”. En ese sentido, la Alzada ponderó que el actor «llevaba una vida de trabajo junto a su pareja hasta el accidente “in itinere” a partir del cual queda con mucho miedo a ser atacado por delincuentes, temor que no sólo lo afecta cuando sale fuera de su casa sino también cuando permanece dentro de ella, lo cual alteró su vida en lo personal, social y laboral ya que vive el peligro como una amenaza constante, por lo cual está hipervigilante, con trastornos del sueño (insomnio) y sueños repetitivos con el accidente».
Por lo expuesto, el Tribunal resolvió condenar a la ART con la suma de $ 422.571, más intereses.
FUENTE: Diario Judicial