La Cámara Laboral de Bariloche condenó a una empresa comercial dedicada a la venta de artículos del hogar y electrodomésticos a pagar la suma de $1.400.000 a una extrabajadora por diversas cuestiones salariales y daño moral ante el maltrato sufrido durante sus jornadas laborales.
La trabajadora sufrió una serie de actitudes y conductas por parte de su jefe y dueño de la empresa, y las faltas de respeto consistían en “malos tratos, gritos, frases despectivas hacia su persona”, además de tener un “control excesivo y falta de confianza, por caso, controlar el tiempo cuando se dirigía a los sanitarios, falta de lugar para almorzar, etc”.
Todas estas situaciones de destrato constituyeron un ambiente laboral hostil, el que se agravó cuando se ordenó la permanencia de los empleados administrativos en el horario vespertino 13 a 16 horas, horario en que el comercio cierra, sin posibilidad de salir del edificio. Es decir quedaban encerrados, sin llave. La orden señalaba que ante una emergencia debían llamar a algunos de los hijos del dueño de la firma comercial, para que eventualmente abra la puerta (…).
Al comprobarse las situaciones de abuso y maltrato laboral los jueces ordenaron también a la Secretaría de Trabajo que realice inspecciones en el establecimiento comercial a fin de verificar las condiciones actuales de las personas que trabajan en el sector.
Que, por todo ello, la trabajadora sufrió patologías psiquiátricas, con ataques de pánico y alto stress laboral, debiendo ser indemnizada por la firma debido a que se incumplió con los estándares internacionales de Derechos Humanos, específicamente la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Fuente: Diario RÍo Negro