Quienes deban cuotas de alimentos no podrán…..

En Neuquén se sanciono la ley provincial 2333 que entre otras cuestiones impide a quienes deban,   total o parcialmente dos (2) cuotas alimentarias fijadas u homologadas judicialmente,  obtener habilitaciones comerciales, licencias o permisos, ser designados funcionarios públicos tanto del Poder Ejecutivo, legislativo como Judicial, obtener créditos y/o tarjetas de crédito en el BPN, y ser proveedor o contratista del estado.

La sanción,  y aplicación de la ley resulta un instrumento de mucha utilidad para “perseguir” a  los alimentantes que procuran evadir el pago de la cuota de alimentos, muchas veces, insolventándose, ya que por ejemplo no podrán obtener la renovación de su licencia de conducir, la licencia de taxi, la licencia comercial, y no podrán cobrar indemnizaciones judiciales, entre otras cuestiones.

Esperemos que con el tiempo, los efectos se hagan extensivos a otras actividades, como bancos privados, empresas prestadoras de servicios, para que cada vez evadir el pago de algo tan necesario como la cuota de alimentos para nuestros hijos, sea más difícil.