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¡Atención celíacos! Ordenan a una prepaga a cubrir los gastos de alimentación de una niña celíaca.

Los jueces fallaron a favor de otorgar un descuento en la compra de productos alimenticios aptos para celíacos, similar al que se ofrece a todos sus beneficiarios para la adquisición de medicamentos.

La parte actora sostuvo que no existe remedio para la enfermedad en cuestión, sino un tratamiento, que consiste en observar una dieta libre de gluten, solicitando prestaciones de salud igualitarias.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) reintegrar a los padres de una menor celíaca un porcentaje idéntico al que reconoce para la compra de medicamentos en general, en la compra de “harinas y premezclas libre de gluten”.
El tribunal afirmó que, de acuerdo a la legislación vinculada con las obligaciones para las obras sociales con respecto a la cobertura para celíacos, “se indica que ello comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libre de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación”.

FUENTE: www.protectora.org.ar