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Fallo histórico: Neuquén condena a un sindicalista por cortar calles

Fallo histórico: Neuquén logró condenar a un sindicalista por cortar calles

El titular del gremio de empleados municipales de esa provincia, fue declarado culpable por afectar el derecho al libre tránsito en una protesta frente al Palacio Municipal.

En un fallo considerado inédito, la Justicia neuquina condenó a Santiago Baudino, titular del Sindicato de Trabajadores Municipales de Neuquén (Sitramune), por protestas realizadas en agosto de 2017, mediante el tan frecuente y difundido recurso del «piquete» callejero.

Según informó el diario Río Negro, el juez de garantías Mauricio Zabala determinó que se había afectado el derecho al libre tránsito «en horario complejo» y «en el centro de la ciudad». El magistrado consideró probado que hubo personas atrapadas en medio del embotellamiento provocado por la manifestación del gremio.

La semana próxima se conocerá el tipo de pena que deberá cumplir Baudino, único condenado en este juicio. Junto al titular del sindicato fueron procesados otros dos trabajadores de Sitramune que finalmente resultaron absueltos.

Esta sentencia -agregó- deja en claro que cuando uno reclama o peticiona, no lo puede hacer de manera violenta y prepotente. Y que aquel que no cumple con la ley tiene un castigo».

Fuente: Infobae

A llevarse bien con los vecinos! : Arruinó la casa de su vecina y la Justicia ordenó que la arregle

El problema comenzó en el 2016 por una pérdida en una cañería que generó problemas en el departamento de abajo.

La Justicia de Cipolletti hizo lugar a una demanda por “daño temido” y ordenó a la propietaria de un departamento reparar de manera inmediata sus cañerías de agua para evitar que se siga deteriorando el inmueble de su vecina del piso inferior.

Luego de verificar que el peligro persiste a pesar de algunas reparaciones que se fueron realizando durante el trámite procesal, el juez en lo Civil Alejandro Cabral y Vedia resolvió “hacer lugar a la acción preventiva por daño temido interpuesta por la mujer contra su vecina y ordenar a esta última para que, en el plazo prudencial de 10 días corridos, proceda a practicar las reparaciones necesarias”. La sentencia prevé que, en caso de incumplimiento, la vecina de la planta baja podrá contratar personalmente las reparaciones “a costa de la demandada”.

Fuente: Lmcipolletti.