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Uber si?: Un fallo a su favor apura la llegada de Uber a Neuquén.

Un fallo judicial de la Corte Suprema, que declara como lícita la actividad de Uber en el país, abre la puerta a la llegada de la empresa a la ciudad. Aunque aún es necesaria la aprobación de una ordenanza que regule el servicio, los referentes de la empresa celebraron la decisión de la Justicia, que permitiría generar una nueva alternativa de transporte en la ciudad.
“Este fallo de la Corte Suprema confirma nuestra operación en el país y nos impulsa a seguir trabajando para brindar un mejor servicio a los miles de conductores y usuarios que nos eligen”, señaló Mariano Otero, gerente de Uber en Argentina, quien agregó que la empresa apoya todas las iniciativas de regulación “como la que aprobó la provincia de Mendoza y las que avanzan en diversos distritos del país que quieren incorporar a Uber como una solución más a los desafíos de movilidad”.
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja interpuesto por el Sindicato de Peones de Taxi, que buscaba declarar como ilegal la aplicación Uber.
Aunque la decisión judicial se dio por la falta de presentación de un escrito, prevalece la declaración de 2016 del juez Zelaya, que consideró a Uber una actividad comercial lícita, que puede incumplir en normas administrativas o de tránsito pero no es un delito.
Habrá que esperar entonces la decisión del Consejo Deliberante de nuestra Ciudad para definir el destino de Uber.

Fuente: lmneuquen.

Se autoriza a la madre de un menor que padece una grave enfermedad genética a cultivar cannabis en su domicilio exclusivamente para uso de su hijo:

En la provincia de Salta, se hace lugar a un amparo contra el Estado Provincial interpuesto por la madre de un niño que padece Neurofibromatosis, enfermedad que había sido diagnosticada a los 7 meses de edad del niño, provocádole tumores en torno de su sistema nervioso, y con ello, una situación permanente de indecibles dolores regulares que lo desestabilizan por completo llevándolo a presentar pánico, histerias incontrolables e incluso convulsiones que afectan su personalidad y calidad de vida.
La accionante expresó que se le suministraba de manera permanente Paracetamol, Ibuprofeno, Diclofenac, Novalgina; luego Pregabalina y alguna vez Morfina y Ketorolac pero sin resultados. En 2016 llegó a sus manos un poco de aceite de cannabis y la respuesta a la medicación fue inmediata y con una patente superioridad respecto de las otras medicinas antes suministradas.
El problema se presentó porque luego del primer derivado con el que fue tratado el menor, el mismo dejo de surtir efecto tras dos semanas y media, retornando los dolores por el acostumbramiento al tratamiento. Se concluyó que resulta indispensable la rotación de las cepas para que el alivio se mantenga.
Se comprobó que superioridad terapéutica de cultivar la hierba de la que se extrae es una experiencia unánime de todas las personas que se ven obligadas a utilizarla, ya que el costoso aceite estandarizado que se puede conseguir por importación no ofrece la paleta de matices y combinaciones que se le suministra a su hijo para alcanzar el mejor estado de salud posible.
Por ello, considerado que la actividad entraña un riesgo permanente por la interpretación de las fuerzas de seguridad y eventualmente de la justicia respecto del límite cuantitativo y demás circunstancias acerca de lo que configura una actividad prohibida de tráfico ilícito de droga, se autorizó a la madre a cultivar cannabis en su domicilio con el exclusivo fin de producir la única medicación que le calma los dolores al niño, estableciéndose límites en cuanto a la cantidad y con la obligación de inscribirlo en el Programa Nacional a los fines de que se le provea el cannabis.

FUENTE: Microjuris. com Partes: XXX y su hijo c/ Estado Nacional s/ amparo Ley 16.986 Tribunal: Juzgado Federal de Salta Fecha: 2-mar-2018 Cita: MJ-JU-M-109116-AR | MJJ109116 | MJJ109116

Ejemplo de juez, espero se contagie!

Un Juez de Familia de Rosario obligó a una pareja de padres divorciados que mantiene una relación conflictiva a reunirse una vez por semana durante un mes para leerles a sus hijos de 6 y 13 años de edad obras literarias y la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (ONU).

La inédita resolución, dictada por el Juez de Familia de 5ta Nominación de Rosario Ricardo Dutto y dada a conocer hoy, indica que los padres de dos hijos varones, uno de 6 años que vive con su mamá y el otro 13 que vive con su papá, deben reunirse en la sala de lecturas de la sede de tribunales una vez por semana.

«Bajo la supervisión de una asistente social, los progenitores, deberán leer la Convención Internacional de los Derechos del Niño, desde el artículo 1 al 31 y las obras literarias: Ética para Amador, de Fernando Savater y El Principito, de Antonie Saint Exupery», ordena la sentencia a la que tuvo acceso Télam.

Asimismo, el fallo ordena «que ambos progenitores deban continuar con asistencia terapéutica».

El dictamen consideró la relación «conflictiva» entre ambos padres, que casi no mantenían diálogo pese a tener en custodia cada uno a un hijo de la relación.

En los fundamentos, el juez Dutto consideró «que es evidente el obstáculo materno al no asistir junto con su hijo menor a los encuentros programados y así impide al padre tomar contacto con su hijo y obstruye el contacto entre los hermanos, priorizando su conducta conflictiva frente al mejor interés de los niños».

Para el magistrado «la idoneidad del progenitor debe reflejarse en cumplir con las funciones de cuidado y educación sin entorpecer gravemente los derechos de quien no convive con su hijo, ya que si el cuidado es unipersonal, el otro tiene el derecho y el deber de fluida comunicación con el hijo».

Si todos los que somos padres tomáramos un poquito en cuenta lo que El Magistrado Rosarino con gran valor escribió y firmo, le daríamos a nuestros hijos un día a día lleno de paz y felicidad. Espero este articulo nos contagie y así todos logremos la armonía necesaria para funcionar como seres humanos y alcanzar la anhelada felicidad.