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Disculpe, ¿Cuánto cuesta? La Justicia confirmó una multa a Carrefour por exhibir productos sin precio

La Cámara Apelaciones en lo Contencioso Administrativo porteña consideró que la firma incumplió con la ley de lealtad comercial y normas locales.

La Justicia rechazó un recurso de la empresa INC (propietaria de la cadena de supermercados Carrefour) contra lo dispuesto por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC) del Gobierno porteño, que la había multado por exhibir mercadería sin precio en una sucursal de Carrefou, el rechazó fue unánime y confirmó la disposición administrativa por la que se le impuso una multa de $70.000, por infracción al artículo 9 de la Ley 22.802 y a los artículos 2, 4 y 5 de la Ley 4.827. Además, señalaron que «la exhibición de los precios deberá efectuarse por unidad, en forma clara, visible, horizontal y legible. Cuando se realice mediante listas, éstas deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, y en los lugares de venta o atención a disposición del mismo.

Fuente: iprofesional.

PADRE REBELDE: Se confirma el vínculo biológico ante la negativa a hacerse el análisis de extracción de ADN.

En la Provincia de Jujuy se hizo lugar a una demanda en un juicio de filiación extramatrimonial, teniendo como prueba fundamental la negativa del padre a hacerse el análisis de ADN en la etapa judicial. Los jueces utilizaron la presunción legal de que la negativa a dicho estudio «constituye indicio suficiente para determinar la paternidad».

Ello toda vez que el art. 4º de la Ley Nº 23.511 sobre datos genéticos establece que la negativa a someterse a la prueba de ADN constituye una presunción a favor de los hechos alegados. Se consideró que la conducta del demandado era malintencionada y obstruccionista, por cuanto nunca se presentó al proceso encontrándose notificado, y por lo que constituyó un fundamento suficiente para tener por verosímil la pretensión de la madre. De este modo, se concluyó que la filiación reclamada se correspondía con la realidad biológica.

Así, la demanda por filiación prosperó teniéndose por cierto y bien probado que el niño era hijo del demandado, debiendo oficiarse al Registro Civil a fin de que proceda a tomar debida razón en la marginal de la partida de nacimiento.

FUENTE: www.diariojudicial.com

Mala noche… final feliz! Aseguradora debe pagar a víctima de una viuda negra

La mujer le robó el auto y lo chocó. La empresa de seguros se resistía al pago.
La particular historia que fue objeto de análisis en la Justicia civil de Cipolletti tuvo lugar el 19 de marzo de 2016, cuando un hombre conoció a una joven en un local nocturno y decidieron pasear en su Ford Focus. Fue en estas circunstancias que cruzaron el puente en horas de la madrugada y, en Neuquén, el automovilista quiso quedar bien con su circunstancial compañera y bajó a un kiosco a comprar chicles, gaseosas y cigarrillos. Apenas transcurrieron unos segundos, la mujer no dudó en arrancar y darse a la fuga, con la mala suerte de que protagonizó un choque en Diagonal 9 de Julio y tuvo que abandonar el lugar a pie.
La respuesta de la aseguradora impulsó a su cliente a realizar una demanda civil. El juez Diego De Virgilio se pronunció a favor y ordenó resarcirlo con una suma de 238.003 pesos más intereses.
“El litigio se originó en el marco de una relación de consumo y es alcanzado por la Ley de Defensa del Consumidor, puesto que la aseguradora Boston Compañía Argentina de Seguros SA se ha obligado -mediante el pago de una prima- a prestar un servicio, consistente en otorgarle cobertura en caso de un siniestro”, dicta el fallo.
Fuente: lmneuquen.

«Ley Justina» se aprobó la ley que modifica el régimen de donación de órganos en Argentina

Por unanimidad, la Cámara de Diputados le dio esta tarde sanción definitiva al proyecto de «ley Justina», que dispone que todas las personas mayores de 18 años sean donantes de órganos o tejidos, salvo que en vida dejen constancia expresa de lo contrario. El proyecto, que recibió 202 votos afirmativos, está inspirado en el caso de Justina Lo Cane, una menor de 12 años que murió en noviembre pasado en la Fundación Favaloro mientras aguardaba un trasplante de corazón. La iniciativa también había sido votada por unanimidad en el Senado. Ese cambio en la ley es determinante porque implica que los familiares de alguien fallecido ya no serán los encargados de autorizar la donación. «Podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos a toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos», Por otra parte, en el caso de los menores se posibilita la obtención de la autorización para la ablación por los dos padres o por aquel que se encuentre presente en el momento. Además, se van a simplificar los procesos que requieren la intervención de la Justicia
Fuente: infobae

Padre ausente: Autorizan la supresión de apellido por el abandono del padre.

En la provincia de Salta una jueza autorizó a un joven a quitar de su nombre el apellido paterno, debido a que invocó como causal el abandono efectuado por su progenitor.
El joven llevaba el apellido de su padre, quien lo reconoció al momento del nacimiento, pese a lo cual jamás tuvo ningún tipo de relación con el mismo, no conoce y jamás vio, e incluso manifestó que “desde su niñez ha sentido el vació de su indiferencia, habiendo tenido que realiza tratamiento psicológico a fin de apaciguar la angustia que le generaba su abandono”.
El afectado expresó que fue criado con el esfuerzo realizado por su madre y familia materna, sin recibir ningún tipo de ayuda afectiva y económica por parte de su padre biológico, ni de su familia paterna, por lo que no quería continuar llevando un apellido que no lo identifica y que solo le provocaba malos sentimientos.
La ley restringe este tipo de actos sin embargo entiende que por “justos motivos” el cambio de nombre es posible, y considerando la afectación de la personalidad del solicitante, la jueza ordenó al Registro Civil se tome nota del cambio de nombre, suprimiendo el apellido paterno.

FUENTE: “R. V., M. A. contra R., H. M. por Cambio de Nombre”, Juzgado de Primera instancia Civil de Personas y Familia Nº 1 de Salta.

Ley de Identidad de género. Primera inscripción sin trámite judicial.

Un niño de 10 años fue inscripto en el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires, sin trámites judiciales, con su nuevo nombre y modificó el sexo que figura en su DNI, tras expresar «su voluntad» de cambiar de género.

Se trata de Mauro, según consignó un comunicado de la entidad, un niño de 10 años «que expresó su voluntad en relación a su identidad de género», decisión que fue acompañada por su familia.

La ceremonia de inscripción se realizó este mediodía en el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires, donde se procedió al cambio de nombre y sexo que figuraba en el DNI del menor, cumpliendo con el «derecho al que accede en ejercicio de la Ley de Identidad de Género, siendo ésta la primera modificación registral de un niño trans en nuestra Ciudad», agregó el texto.

Además, la entidad remarcó en el comunicado la importancia del caso, que «marcó un punto de inflexión en la aplicación de la ley de Identidad de Género en nuestro país, ya que se logró la inscripción sin trámite judicial y por la intervención por primera vez de la figura de la abogada de niños, niñas y adolescentes».

La partida de nacimiento de «Facha», como eligió llamarse el niño que se presentó hoy en el Registro Civil junto a sus padres, y su abogada, llevará el nombre de varón porque ése es el género con que se autopercibió desde muy chico.

‘La cigüeña se equivocó, soy un nene’, me dijo un día al volver de las vacaciones. Fue la primera vez que lo puso en palabras. Lo acompañamos en este paso porque sabemos cómo sufría», dijo Bárbara, la mamá de Facha.».

La jueza informó que «es válido el consentimiento del niño. Y que a los 10 años, como es el caso de Facha, un niño sabe en qué estado sufre y en que estado pretende ser feliz», completó.

La familia acudió primero al INADI y después a ‘Fulanas’; de allí entró en contacto con Kalym Sosa, titular de la Red Intersexual, Transgénero y Transexual de Argentina (RITTA) y el primer varón trans en recibir el DNI de manos de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

DyN y Telam